
También ha comenzado la solicitud del VOTO POR CORREO que finalizará el día 12 de mayo. Los/as ciudadanos/as interesadas deberán personalmente y con su D.N.I. acudir a una Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo. Los servicios de Correos remitirán toda la documentación a la Oficina del Censo Electoral. Ésta anota en las Listas del Censo que se ha solicitado votar por correo -de modo que YA NO PUEDA VOTAR PERSONALMENTE- y remite al elector por correo certificado al domicilio que le haya indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo: una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones y un sobre de votación, en el que se introducirá la papeleta correspondiente,el certificado de inscripción en el censo, un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar y una hoja explicativa. Esta documentación también debe ser recogida por el elector previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente. Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará, y siguiendo las instrucciones correspondientes, lo remitirá junto con el certificado de inscripción en el censo en otro sobre que remitirá por correo certificado hasta el día 18 de mayo.